Estamos aquí para ayudar.
La Ley de Ayuda Económica firmada en diciembre de 2020 prevé financiación adicional para las APP.
El programa se divide en dos categorías:
Para aquellos que NO obtuvieron un préstamo PPP en 2020, su solicitud se conocerá como PPP “Primer Sorteo”
- Las pequeñas empresas, las organizaciones sin fines de lucro, las empresas tribales y las asociaciones de veteranos que tengan menos de 500 empleados y hayan sido afectadas negativamente por la pandemia pueden ser elegibles para estos préstamos.
- El monto del préstamo se calcula hasta 2,5 veces el costo de nómina mensual promedio, a menos que la empresa esté clasificada según el Código 72 de NAICS. Si es así, el monto del préstamo es igual a 3,5 veces el costo de nómina mensual promedio
- Los préstamos a través del programa tienen una tasa de interés del 1.0% y tienen opción de aplazamiento de pago de 10 meses.
- Los beneficiarios de préstamos pueden ser elegibles para la condonación de préstamos
- La empresa debe estar operativa actualmente y al 15 de febrero de 2020 y tener empleados por quienes pagó salarios e impuestos sobre la nómina, seguro médico, dental o de la vista.
- Préstamo asciende a $10 millones
- Préstamo de amortización total a 60 meses , pudiendo aplazarse los pagos durante diez meses.
- Sin garantía y sin garantía personal.
- Los prestatarios no pueden solicitar ningún otro programa a través de la SBA para el mismo propósito.
Para aquellos que recibieron un préstamo PPP en 2020, su solicitud se conocerá como PPP de segundo sorteo. Las condiciones anteriores se aplican además de:
- Debes haber utilizado el préstamo PPP anterior para usos autorizados. (FLNB requerirá prueba de dicho uso. Si no ha proporcionado al banco su solicitud de condonación, junto con la documentación, ¡le pedimos que lo haga ahora!)
- La empresa debe mostrar una reducción de ingresos de al menos un 25 % en cualquier trimestre de 2020, en comparación con el trimestre similar de 2019. También puede utilizar los ingresos anuales, 2019 frente a 2020, si la empresa estuvo abierta durante todo 2019. Para ambos, necesitaremos la documentación proporcionada.
- El monto máximo del préstamo es $2.000.000
- El solicitante de la empresa debe emplear menos de 300 empleados.
- El negocio estaba operativo antes del 15 de febrero de 2020.
- El negocio no puede cerrarse permanentemente.
- El monto del préstamo se mantuvo igual a 2,5 veces los costos de nómina mensuales promedio a menos que la empresa esté clasificada bajo el Código 72 de NAICS. Si es así, el monto del préstamo es igual a 3,5 veces los costos de nómina mensuales promedio
Se aplican otras condiciones y restricciones para ambas categorías. Comuníquese con FLNB en ppp@flnb.com si tiene preguntas o puede acceder a información adicional de la SBA en:
Asistencia para pequeñas empresas
Complete el formulario a continuación y nos comunicaremos con usted lo antes posible para finalizar su solicitud del Programa de protección de cheques de pago de la SBA.